Prórroga de uso de Nicho

Para garantizar la continuidad del derecho de uso sobre un nicho por cinco (5) años adicionales, el permisionario debe gestionar la prórroga correspondiente bajo los siguientes lineamientos:

1. Gestión Antes del Vencimiento (Recomendado)

Se recomienda realizar este trámite con antelación para asegurar la vigencia del permiso:

  • Identificación: Presentarse en las oficinas de la Junta con la cédula de identidad vigente.

  • Pago de Prórroga: Cancelar el importe actualizado según las tasas definidas por la Junta Directiva para renovaciones.

2. Gestión Después del Vencimiento

En caso de que el permiso haya expirado, el interesado deberá:

  • Identificación: Presentarse personalmente con su cédula de identidad al día.

  • Regularización: Cancelar el nuevo importe establecido para prórrogas de permisos vencidos.


Disposiciones Generales para Ambos Casos

Independientemente de la fecha de gestión, para formalizar la prórroga es estrictamente necesario:

  • Suscripción de Contrato: Realizar la firma del nuevo Contrato de Permiso de Uso de Nicho ante la Junta Administradora.

  • Plazo de Entrega: Al igual que en la adquisición inicial, el certificado oficial firmado por la Presidencia se entregará en un plazo máximo de 30 días hábiles.